martes, 8 de julio de 2025

San Vicente Crea su Policía Municipal de Tránsito Mediante Ordenanza

Una de las características que tiene nuestra Carta Orgánica es la de crear una Policía Municipal como auxiliar de la Justicia Administrativa de Faltas, más específicamente en su Artículo 89. Es así que el Concejo Deliberante de San Vicente aprobó por unanimidad la ordenanza 11/2025 que da origen a la Policía Municipal de Tránsito.

Éste nuevo cuerpo civil estará destinado al control del tránsito y la aplicación de normativas viales dentro del ejido urbano.

La propuesta fue presentada por los concejales Sandra Patricia Rodríguez, Julia Adelina Claro y Waldemar Clodomiro Kroch, y contó con el acompañamiento del cuerpo legislativo en pleno.

Funciones y alcances

La Policía Municipal de Tránsito estará conformada por agentes uniformados y no armados, bajo dependencia directa del Departamento Ejecutivo Municipal. Entre sus funciones se destacan:

  • Controlar la circulación vehicular y peatonal.
  • Realizar operativos preventivos y de fiscalización.
  • Promover la educación vial en instituciones y comunidades.
  • Participar en la elaboración de estadísticas sobre siniestralidad.
  • Colaborar con organismos provinciales y nacionales en materia vial.

Además, los agentes podrán labrar actas de infracción, solicitar la detención de vehículos ante faltas graves y actuar como auxiliares de la Justicia Administrativa Municipal de Faltas.

Estructura y requisitos

El nuevo cuerpo estará compuesto por un Director General, un Jefe de Operaciones, Responsables de Grupo y Agentes de Tránsito. Para ingresar, los postulantes deberán acreditar estudios secundarios completos, ser mayores de edad y aprobar capacitaciones en normas de tránsito, primeros auxilios y derechos humanos. No podrán incorporarse personas con antecedentes penales o sanciones administrativas graves.

El personal será evaluado semestralmente mediante encuestas ciudadanas, autoevaluaciones y calificaciones internas, considerando criterios técnicos y conductuales. Se prevé un sistema de ascensos vinculado al desempeño.

Régimen operativo

La ordenanza establece que el servicio funcionará los 365 días del año, las 24 horas, mediante turnos rotativos. La carga horaria será de entre 30 y 40 horas semanales, con descansos obligatorios. En casos excepcionales, podrá disponerse la extensión de jornadas laborales.

Asimismo, el Departamento Ejecutivo deberá remitir informes semestrales al Concejo Deliberante con detalles sobre la actividad del cuerpo, datos estadísticos, necesidades operativas y proyecciones de gestión.

La creación de policías o cuerpos municipales de tránsito no es un fenómeno aislado. De las 2400 municipalidades en Argentina se estima que solo entre 50 y 150 municipios operan actualmente con fuerzas locales destinadas al control del tránsito.

Casos conocidos incluyen la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Rosario, Salta, Yerba Buena (Tucumán) y otras capitales provinciales. En municipios de menor tamaño, esta tarea suele estar delegada en la Policía provincial o coordinada mediante convenios específicos.

La ordenanza comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial, y su implementación quedará sujeta a la planificación operativa del Ejecutivo municipal.