jueves, 1 de marzo de 2018

En Dos de Mayo Comparan el Cobro de Peajes Con la Retención de Licencias de Conducir

Una polémica pocas veces vista se está dando en la localidad de Dos de Mayo con una Ordenanza promulgada el 9 de Julio del año pasado, para ponernos un poco al día vamos a analizar lo ocurrido en las últimas horas. El pasado Martes 27 de Febrero del corriente año un joven de esa localidad se encadena en una de las puertas de acceso al edificio municipal exigiendo una solución a su problema ya que tiene una deuda de casi 11 mil pesos y la comuna le exige el pago total de la misma para darle el carnet de conducir. A las pocas horas de esta medida de protesta el ejecutivo envía una solicitud al Concejo Deliberante para que extienda la moratoria ya que los plazos estaban vencidos. Esta nota hizo deponer la medida fuerza del joven pero en el día de hoy aumentó la apuesta y solicitó la derogación de la Ordenanza 16/2017 porque la considera anti Constitucional. Lejos de esperar el debate esta noche en Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante el Director de Asuntos Jurídicos, Anibal Carabajal, elevó una respuesta al pedido casi a modo de opinión, esta fue publicada en el Facebook de la Municipalidad.

A la izquierda la solicitud de Lorenzo, a la derecha la respuesta del Director de Asuntos Jurídicos Carabajal

Lo que vamos a hacer es tratar de entender los argumentos que expone el funcionario para sostener dicha ordenanza vertiendo simplemente nuestra opinión. La imagen compartida no es de gran calidad por lo que transcribiremos parte de lo expuesto, dice: "El derecho que asiste a toda persona a solicitar Carnet de Conducir no es un derecho ABSOLUTO, sino que requiere para su goce el cumplimiento de ciertos requisitos". Para empezar el solicitar un carnet no es un derecho, ya sea absoluto o no absoluto o como fuera, es un beneficio que nos concede la sociedad a través de los funcionarios electos y las normas vigentes. Sigamos. 

"Por ejemplo, si quien solicita el Carnet tiene multas de tránsito la normativa vigente impide que se le otorgue hasta que dichas multas estén canceladas. El mismo criterio es aplicable a los tributos municipales". Acá entramos en un tema de debate mayor, primero que nada hay que probar que esa persona cometió dicha infracción y luego se podrá proceder a algún tipo de sanción, ya sea económica, quita de puntos, etc. Recordemos que ante la ley todos son inocentes hasta que se pruebe lo contrario. Siguiendo con el análisis es verdad que cada municipio cuenta con la facultad de establecer con fuerza de ordenanza la manera en que obliga a los usuarios de vehículos a pagar deudas que tuviera con el municipio en materia de infracciones de tránsito pero bajo ninguna circunstancia significa que esto sea constitucional. Entendamos que el municipio es un ente recaudador, por lo tanto debe hacer cumplir la obligatoriedad del pago y tiene herramientas legales para hacerlo pero nunca reteniendo el carné a ningún conductor ya que es un documento público, así como el municipio tiene la obligación de recaudar la deuda el usuario tiene el derecho de contar con su documentación para la correcta circulación, una cosa no puede estar por encima de la otra.

Luego el escrito continua diciendo: "Esta discusión se dio hace 20 años atrás en nuestro país (cuando) se empezaron a concesionar las rutas nacionales y los conductores, para circular por dichas rutas, debían pagar peaje. Hoy nadie discute la obligatoriedad de abonar el peaje cada vez que, por ejemplo, viaja a Posadas, a pesar de que el derecho a circular libremente por el territorio nacional es un derecho de jerarquía constitucional". La comparación es un tanto forzada pero analicemos un poco esto en detalle, en aquella oportunidad la Corte Suprema de Justicia debatió sobre el artículo 14 de la Constitución Nacional, el cual establece la libre circulación por todo el territorio argentino, grande fue la sorpresa cuando se encontró con el tema de la obligación de pagar peajes. Al final se logró establecer la independencia que existe entre la libre circulación territorial y la circulación económica. Los letrados entendieron que pagar peajes no afecta a la circulación ya que no la limitan de manera irracional y absoluta, tampoco es obligatorio pagar peaje ya que para la ley argentina reconoce a las colectoras son caminos alternativos, en caso de que el camino no cuente con ésta el peaje podría considerarse ilegal, eso no quita que muchas rutas provinciales o nacionales directamente no cuenten con colectoras o caminos alternativos pero eso es para otro tipo de debate. Aunque haciendo una lectura más rápida da a entender que "la gente se va a acostumbrar" a este sistema.

Para terminar el texto publicado dice: "Con esto se deja claro que la Municipalidad NO PROHIBE el otorgamiento de un carnet de conducir, sino que requiere para ello el cumplimiento de ciertos requisitos y tiene las atribuciones legales para exigirlo". El pago de la deuda municipal sería uno de los principales requisitos y si bien es verdad que no prohíbe expresamente la obtención y/o renovación del carnet si lo condiciona, haciendo que sea una medida disuasiva, ya que la gente de bajos recursos, por ejemplo, obtén por el cambio de domicilio o de circular sin carnet lo cual es mucho más peligroso desde el punto de vista legal, en caso de un siniestro por ejemplo un tercero damnificado no sólo puede accionar contra el conductor sino en contra del propio municipio, algo que sin dudas no hay precedentes por lo que la resolución de la justicia es difícil de precisar pero en caso de que ésta falle en contra del municipio serán todos los habitantes quienes deban pagar con sus impuestos los costos de este hipotético caso.

Como dijimos al principio el obtener un carnet no es un derecho pero sí lo es el derecho al trabajo, a la salud, a la alimentación, al descanso y muchos otros más que podrían estar relacionados. Por último, si esto fuera plenamente legal y sin posibilidad de discusión ¿no creen que esto  se habría aprobado en todo el país? ¿O será que nuestros dirigentes son los primeros en décadas que se les ocurre esta brillante idea? Si nadie reclama o propone un debate sobre las normas que son consideradas abusivas o hasta extorsivas estas podrían ir multiplicándose, como siempre de sus habitantes depende.   

Publicación original en el Facebook de la Municipalidad de Dos de Mayo:


ACTUALIZADO: No hubo sesión en el día de hoy porque decidieron "fumigar" el recinto, curiosamente se desarolló una reunión con el intendente en su despacho a puetas cerradas.



Falta Poco Para Poner en Funcionamiento el Parque Termal en Dos de Mayo

Pruebas realizadas con una bomba de inmersión demostraron que la perforación de 1.523 metros realizada en Dos de Mayo tiene capacidad de suministrar al menos 50 mil litros de agua del Acuífero Guaraní por hora y que dicho líquido emerge a una temperatura de 50 grados, es decir que es termal. La prueba era un requisito impuesto por el ministerio de Ecología para avanzar en el financiamiento de la obra. Ahora resta comprar una bomba definitiva y construir las piletas. El intendente Jorge Kappaun estimó que las termas podrían comenzar a funcionar en un año.

Entrada al Parque Sur de Dos de Mayo, lugar en donde se encuentra la perforación

Lea la nota original en Misiones On Line

Video (0´17):